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Order (Auto)June 12, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera

✓Claimant Clinimedical Group Sas·Respondent Centro De Salud San Miguel De Berruecos

✓
Topic · hard data
Proceso Ejecutivo Por Sumas De Dinero Promovido Contra Entidad Pública-Inexistencia Del Conflicto, Carece Del Presupuesto Objetivo.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones presentado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Arboleda, Nariño y el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Pasto.

Se suscita la controversia por causa de una demanda ejecutiva singular de menor cuantía presentada por CLINIMEDICAL GROUP S.A.S., en contra de la E.S.E.

Centro de Salud San Miguel, con el fin de que se libre mandamiento de pago por las sumas contenidas en las facturas que se originan del suministro de insumos médicos y medicamentos a la demandada.

Al verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena constata que la controversia no supera el presupuesto objetivo, por cuanto el proceso subyacente a la controversia avanzó desde el libramiento del mandamiento de pago hasta la aprobación de la liquidación de costas judiciales.

En este orden de ideas, la causa judicial sobre la cual se promovió el proceso ejecutivo ya fue resuelta y no existe la posibilidad de que la misma subsista, sin perjuicio de que eventualmente queden pendientes determinaciones orientadas a dotar de efectividad la orden de pago.

La Corte resalta que no es necesario analizar el cumplimiento del presupuesto normativo y, mucho menos, entrar a realizar un examen de fondo respecto del juez competente para dirimir la causa.

En suma, la Sala advierte que en este caso se carece de una causa judicial respecto de la cual se suscite la controversia jurisdiccional.

Por tanto, se concluye que no existe conflicto alguno sobre el que sea necesario pronunciarse.

Así las cosas, la Corporación considera proferir una decisión inhibitoria y en consecuencia, dispone el envío del expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Arboleda, Nariño, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Pasto.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-5442 al Juzgado Promiscuo Municipal de Arboleda, Nariño, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
  3. Tercero. Administrativo del Circuito de Pasto.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.